Ayer aprobaron en Sevilla el proyecto de Ley de Economía Sostenible, que lleva aparejada la polémica normativa conocida como “Ley Sinde” y que pretende cerrar páginas que infrinjan derechos de propiedad intelectual según el criterio de una comisión administrativa que dependería del Ministerio de Cultura y donde los jueces tendrían poco que hacer para defender los derechos de los ciudadanos. Analizamos en profundidad el contenido de esta ley y las consecuencias que puede tener para la sociedad de la información.
“Dentro de 5 años, cuando se recuerde a la Sinde, sus vecinos dirán: pero si parecía una buena chica, siempre saludaba”. Así de magistral resume David Bravo la esencia de este polémico personaje en que se ha convertido la Ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde Ruig. En su vida anterior ejerció de directora y guionista de cine pero a sus 45 primaveras, la ministra más odiada de los 17 que componen el gobierno, ha conseguido que sea aprobada su propuesta, incluida de tapadillo en una ley más general llamada “Ley de Economía Sostenible”. Aún debe pasar el trámite parlamentario y queda hueco para modificaciones posteriores, pero si todo acontece como se espera, a finales de Junio entrará en vigor una de las leyes más controvertidas de los últimos años. Aquella que ha invertido la carga de la prueba y ha anulado al poder judicial de un solo plumazo.
¿En que consiste la Ley Sinde?
Hasta ahora, el procedimiento para perseguir los delitos relacionados con la propiedad intelectual consistía en denunciar una página al juzgado y esperar a que el magistrado emitiera una sentencia condenatoria ajustada a derecho. Esto representa lo habitual y deseable en cualquier estado de derecho regido por el imperio de la ley. Sin embargo, los jueces han sentenciado muchas veces que las webs de enlaces no son ilegales y que no vulneran ningún mandamiento legal referido a los derechos de autor. Sus enlaces son meros datos que indican donde encontrar una obra pero ellos mismos no la contienen ni suponen difusión pública de dicha obra. Tras unos 40 casos de denuncias fallidas por parte de las asociaciones pro-derechos de autor, y viendo que el poder judicial da la razón a los internautas, decidieron presionar al gobierno para sortear a los jueces y diseñar una nueva estrategia que les permita cerrar páginas a su libre albedrío sin contar más que con su propia decisión arbitraria. Básicamente se trata de eliminar al árbitro del partido porque no gusta como pita y colocar otro que sea afín a los intereses de una parte, en este caso la industria cultural.
¿Cuáles son las claves de la Ley Sinde?
• La ley crea la Comisión de Propiedad Intelectual dependiente de Cultura que será la que reciba una denuncia de un autor o particular contra una web de descargas. Estará compuesta por un representante de Cultura, por un representante de los usuarios y por un juez de “reconocido prestigio”.
• Posteriormente se advertirá al propietario de la página denunciada de que debe retirar los enlaces o contenidos que, a criterio arbitrario de propia comisión, violan la propiedad intelectual.
• Si la página web no retirara los contenidos considerados ilegales, la Comisión acudirá a la Audiencia Nacional, en particular los juzgados centrales de lo Contencioso administrativo, que deberá decidir en un máximo de 4 días sobre el cierre.
• En el proyecto de Ley destaca el siguiente párrafo: "La sección podrá adoptar las medidas para que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o para retirar los contenidos que vulneren la propiedad intelectual por parte de un prestador con ánimo de lucro, directo o indirecto, o de quien pretenda causar un daño patrimonial".
• Una vez cerrada la página, el dueño de la misma podrá interponer recurso para que un juez decida si merece el cierre o, por el contrario, ha sido una acción temeraria por parte de la Comisión.
¿Qué peligros oculta la Ley Sinde?
Visto el desarrollo de la normativa, parece hasta razonable, puesto que al final será el poder judicial, en la figura de la Audiencia Nacional, quien decida si se cierra o no la página inculpada. Y, además, la comisión posee una configuración que en teoría también satisface los intereses equitativos de las partes porque contará con 3 personas que lucharan en igualdad de condiciones. Incluso si llega el caso de cerrar en falso una web, se puede recurrir por lo judicial para conseguir que reabran la página y hacer pagar las costas a los responsables, es decir, al estado mismo.
Sin embargo, la ley esconde una realidad bien distante de la pretendida equidad y nos sumerge en una suerte de democracia disminuida donde los derechos fundamentales quedan pendientes de un hilo y soterrados bajo la perspectiva de una aplicación torticera e interesada de la ley.
Para empezar, la tutela judicial efectiva queda en suspenso porque la Audiencia no se va a pronunciar sobre la legitimidad de la página con respeto a los contenidos, sino que se centran en dictaminar si el cierre o eliminación parcial de los enlaces supone una lesión a los derechos fundamentales del propietario. Por ejemplo, la Comisión acusa a la página Neoteo de infringir los derechos de autor porque contiene enlaces hacia música protegida. Entonces la Audiencia analiza si quitando esos enlaces se anulan los derechos fundamentales a la libertad de expresión del dueño de la página. Si no lo hacen(que será lo más habitual), entonces el juez, aunque en el fondo sepa que los enlaces no son constitutivos de delito, tampoco sucede nada si los eliminan, porque no perturban la libertad de expresión. Por tanto, la página puede ser bloqueada por la Comisión con total tranquilidad. Luego vendrán las apelaciones para comprobar si en verdad atentaba o no contra los derechos de autor.
Para seguir, el hecho de que la Comisión esté formada también por un representante de los usuarios o internautas no garantiza su equidad en la elección, puesto que es el propio gobierno, parte interesada en este tema, el que decidirá quién debe ocupar esta plaza. Es seguro que elegirán un miembro que coincida con su parecer y no actúe a conveniencia real de los internautas. Lo mismo sucede con el juez de “reconocido prestigio” que deberá ser alguien retirado o en servicios especiales, y que, por supuesto, también será elegido por el mismo gobierno que promueve esta ley.
Y para terminar, si te cierran una página, podrás recurrir, pero pasarán años antes de que puedas recuperarla, y aunque al final las costas las paga el que pierde, hay que tener en cuenta que serán satisfechas por el estado, no por la SGAE como venía siendo hasta ahora. En otras palabras, que quien pagará los errores del lobby de derechos de autor seremos todos nosotros. Y como el dinero del estado no duele, las denuncias serán constantes y temerarias, por no costarles nada esta acción, que obtendrá beneficios rápidos a sus intereses y ningún coste añadido. Jugada perfecta.
¿Qué futuro tiene esta Ley Sinde?
Aunque el gobierno asegura, por activa y por pasiva, que con esta ley sólo pretenden acabar con la piratería y que se centrarán exclusivamente en las webs de enlaces, no se debe dejar la puerta abierta a un mal uso de la legislación. Cualquier blog que contenga un enlace que pudiera ser considerado protegido, puede acabar en el ostracismo absoluto gracias al exceso de celo de la Comisión Cultural. Ya no se necesita argumentar ánimo de lucro. En el nuevo texto se manejan ideas tan subjetivas como el ánimo de lucro indirecto o la intención de causar un daño patrimonial, ambas cosas de muy difícil demostración ante un jurado pero que la Comisión no tendrá ningún reparo en aplicar vistos los beneficios que le reportará y el nulo coste económico que le supondrá.
El gobierno retuerce la legislación a su antojo y sienta otro peligroso precedente (ya lo hico con la Ley de Violencia de Género) donde se traslada la carga de la prueba al denunciado, cosa completamente contraria a los más sagrados fundamentos de derecho y de la constitución. Los dirigentes juran y perjuran que no tienen intención de extender sus denuncias a otro sitio que no sean las páginas de enlaces pero un gobierno responsable que sostiene una democracia basada en el imperio de la ley no puede presumir la buena fe institucional y debe acotar suficientemente los límites legislativos para impedir que se puedan generar situaciones de desamparo jurídico derivadas directamente de las instituciones, quizá la más abyecta de las injusticias.
Esta polémica medida le va a costar muy caro a los dirigentes. Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, le advierte a Zapatero que «pagará en las urnas el absoluto desprecio que tiene por el mundo de Internet». También dice que «va a ser la tumba política» de la ministra de Cultura, Angeles González-Sinde. Además calificó de «tremendo error» la insistencia del Ejecutivo en aprobar dicha ley, «a pesar de los informes en su contra emitidos por distintas instituciones como el Consejo Económico y Social (CES)». Anunció que «darán la batalla» en el Parlamento, donde van a contactar con lo distintos grupos parlamentarios para que rechacen el texto «a la primera».
Además, entablarán contactos con la propia Subcomisión de Propiedad Intelectual. «Vamos a hacer acciones tanto dentro como fuera de la red para llamar la atención sobre este asunto», sentenció Domingo. Asimismo, aseguró que incluirán el problema del canon digital en esta lucha. «El gobierno nos ha provocado para que vayamos a por todas». Probablemente recurran la ley por considerarla anti-inconstitucional.
¿Y esta rebaja de los derechos constitucionales justificará los resultados pretendidos? Llegado el caso en que las constantes denuncias aburran a los potenciales creadores de páginas de enlaces, los internautas simplemente escogerán otros medios de intercambio y abandonarán las webs de enlaces, pero eso lo único que significa es que migrarán hacia programas como Emule. No van a terminar con la piratería con esta ley y, sin embargo, sí han debilitado las bases democráticas de una sociedad que confía en sus gobernantes para administrar sus derechos más fundamentales.