El pasado 4 de julio, este portal advirtió sobre los riesgos de aprobar una reforma a la ley de copyright que incluye artículos espantosos como un virtual impuesto a los enlaces y un filtro activo en todas las cargas de contenido para detectar posibles violaciones a los derechos de autor. En aquella instancia, la Eurocámara rechazó la posibilidad de avanzar, pero han pasado apenas dos meses, ¿y adivinen qué? Los cerebritos lo arruinaron todo, y aprobaron la directiva con modificaciones mínimas a los artículos más cuestionados. En este punto es importante saber cuáles son los pasos a seguir, pero hay una pregunta que no podemos evitar: ¿Cómo nos golpea a nosotros, los usuarios?
438 contra 226. 438 votos que ignoran por completo el funcionamiento básico de Internet. 438 votos que han dejado a un continente entero al borde del oscurantismo digital, poniendo en riesgo la continuidad de miles de portales y servicios sólo por obedecer a los intereses de poderes superiores con muchos ceros en sus cuentas. Después de dos meses que sirvieron como «período de reflexión» para procesar un poco más lo que estaban votando y el daño potencial que podrían causar en el proceso, el Parlamento Europeo aprobó la reforma de la ley de copyright, incluyendo a los famosos y polémicos artículos 11 y 13, también conocidos como el «impuesto a los enlaces» y el «filtro de censura». Entonces… ¿y ahora qué?
Artículo 11: El impuesto a los enlaces
Los medios colegas básicamente han identificado al artículo 11 de la directiva como un equivalente europeo al canon AEDE que llevó a la salida de Google News del territorio español. En términos relajados, cualquier pieza compartida de contenido, desde un fragmento de texto hasta un simple enlace o una captura de pantalla, deberá contar con una licencia por parte del desarrollador original (ya sea solicitando autorización o realizando un pago), y su «derecho» sobre dicho contenido se extenderá por 20 años a partir de la fecha de creación. ¿Te gusta compartir noticias en tu perfil de Twitter? Mejor lo piensas dos veces.
Artículo 13: El filtro que «defiende» al copyright y censura a la vez
Como si el artículo 11 no fuera un desastre lo suficientemente grande, la nueva ley de copyright incluye al artículo 13, que en esencia obliga a todas las plataformas mayores (Google, Facebook, etc.) a adoptar «técnicas de reconocimiento de contenidos» y «medidas pertinentes» para comprobar que el contenido cargado por sus usuarios (parodias, memes, trabajos derivados, el cielo es el límite) no viole el copyright. En otras palabras, los proveedores y portales de servicios deberán activar filtros en tiempo real y recursos de censura dinámica, en un intento por vigilar a cada momento qué es lo que reciben sus servidores. Ahora, se supone que esto alcanza sólo a «grandes plataformas» (el argumento de sus defensores es que funcionará como el Content ID de YouTube, lo cual es un horror), dejando al margen a pequeños sitios y servicios, pero eso instala más dudas que certezas. ¿Cuáles son las reglas para separar a un portal grande de uno pequeño? ¿Usuarios activos, visitas, mensajes? ¿Cómo y cuándo se actualizan esas definiciones? Y lo más importante: ¿Quién regula al regulador?
¿Algo más?
Lamentablemente, sí. ¿Recuerdan al conflicto por panoramas que involucró a Wikipedia? Bien, los neandertales eurodiputados decidieron impedir a nivel continental la aprobación de protecciones para la Libertad de Panoramas, que instalan exenciones de propiedad intelectual en el caso de monumentos, estatuas, edificios y otras fachadas históricas. Este bloqueo da vía libre a los estados miembros para exigir todos los pagos por copyright que crean necesarios.
¿Antorchas y horquillas?
Todavía no. La directiva debe cruzar dos barreras adicionales. Primero se dará inicio a una serie de conversaciones entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión (los llamados trílogos), que incluirán negociaciones a puertas cerradas para acordar una versión definitiva del texto. Una vez finalizado eso, la votación pasa al Pleno del Parlamento, y allí es todo o nada: O se aprueba la directiva revisada por los trílogos, o sea cae y vuelve a cero.
Aún queda un cartucho por disparar, pero no será fácil dar en el blanco. En «el nombre del copyright y la defensa de los derechos de autor», estos eurodiputados parecen dispuestos a destruir la Web tal y como la conocemos hoy. La nueva ley de copyright es una catástrofe en materia de libertad de expresión, privacidad, y generación de contenido. Cada congreso nacional deberá debatir y reinterpretar la ley para aplicarla localmente, y se espera una verdadera tormenta de demandas en juzgados competentes. Pero hay algo elemental que pierden de vista: Si las condiciones básicas para trabajar desaparecen, el trabajo se irá a otra parte. El caso de Google News en España fue contundente.
Me sorprende que llegaran a esta instancia, con menos libertad que otros países a los que señalan con el dedo permanentemente.
Ahora ¿hay algún análisis sobre como impactará esto fuera de europa (el uso de minúscula es a drede)?¿Exíste la posibilidad de que acuerdos de derechos de autor preexistentes (o futuros) con otros países expanda este absurdo legal?
Buena pregusta.
Inicialmente creería que los grandes portales migrarian su infraestructura hacia America, Africa, Asia, Oceania. Pero lo grave es que Europa siempre ha sido un ejemplo a seguir, EUA no tardaria en adoptar medidas similares, su actual presidente hace parte de esos burros que han llegado al poder, y en Latinoamerica no tardarian en adoptarlo tambien. El Panorama es negro por donde lo mires